Las preguntas frecuentes a continuación cubren preguntas relacionadas con el sistema en la práctica. Han sido elaborados por miembros del Grupo de Trabajo de Europeana sobre Obras Fuera del Comercio.
¿Cómo debe abordar una institución de patrimonio cultural las negociaciones de licencias con las entidades de gestión colectiva?
Cuando exista una entidad de gestión colectiva suficientemente representativa para el tipo de materiales y derechos en cuestión, las entidades de patrimonio cultural deben tratar de obtener una licencia de la entidad de gestión colectiva con el fin de que las obras fuera del comercio estén disponibles en línea. Por lo tanto, es muy probable que muchas instituciones de patrimonio cultural tengan que entablar negociaciones con las entidades de gestión colectiva para la difusión de determinadas colecciones. Además, la Directiva aclara que «la falta de acuerdo sobre las condiciones de la licencia no debe interpretarse como una falta de disponibilidad de soluciones para la concesión de licencias», es decir, el hecho de que las negociaciones sobre la licencia no tengan éxito no elimina la obligación de obtener una licencia. Por lo tanto, es esencial para las instituciones de patrimonio cultural que las negociaciones de licencia conduzcan a un resultado positivo.
Para ello, es importante:
- Entrar en las negociaciones con una mentalidad constructiva, dejando de lado la creencia de que la conclusión de la licencia podría ser injusta.
- Supongamos que la entidad de gestión colectiva entiende y está dispuesta a apoyar la misión de la institución de patrimonio cultural y no entablará negociaciones de mala fe.
- Determinar, antes de la reunión, el resultado concreto esperado, incluidos los escenarios mejor y peor. Tenga claridad sobre si busca una licencia para una colección muy específica o para iniciar una negociación para muchas colecciones y, por lo tanto, comprenda las posibles tarifas.
- Si la licencia se centra en una colección específica, conozca su tamaño, el tipo de materiales de los que está hecha, los «stakes» comerciales que podrían tener los titulares de los derechos, cómo se distribuyen generalmente los materiales y cuánto dura la vida comercial de los artículos en general.
- Familiarizar a la entidad de gestión colectiva con la naturaleza de la colección.
¿Qué debe contener el texto de una licencia para obras fuera del circuito comercial entre una institución de patrimonio cultural y una entidad de gestión colectiva?
La Directiva especifica que, al celebrar licencias para obras no comerciales, los CHI y las entidades de gestión colectiva «deben seguir teniendo libertad para acordar el ámbito territorial de las licencias, incluida la opción de cubrir todos los Estados miembros, el canon de licencia y los usos permitidos». Para las instituciones de patrimonio cultural, también es importante asegurarse de que el texto de la licencia aporte claridad sobre los siguientes aspectos:
Los materiales cubiertos, es decir, la identificación de las colecciones, y por ejemplo un reconocimiento de que los materiales de dominio público están fuera de su alcance.
El tipo de explotación autorizada, que debe prever al menos lo permitido por la Directiva y la legislación nacional. En principio, esto incluye la reproducción, distribución, comunicación al público o puesta a disposición del público a través de sitios web no comerciales. Podría prever una identificación clara de los sitios web a través de los cuales se pueden compartir los materiales, por ejemplo, el sitio web institucional, un agregador nacional y Europeana.
- La duración de la licencia.
- Una aclaración de que la licencia no es exclusiva.
- El ámbito territorial de la licencia.
Los honorarios a los que está sujeta la explotación de los materiales. Son posibles diferentes enfoques para acordar tarifas, incluyendo, por ejemplo, una tarifa por uso de la obra, una suma global mientras los materiales estén fuera del comercio y en derechos de autor, o una tarifa indexada anual, por ejemplo. Si los pagos regulares son una carga para una institución de patrimonio cultural, es posible apuntar a un pago único. La tasa debe adaptarse a la naturaleza de las obras (por ejemplo, si se publican más «recientemente» o no).
¿A quién me dirijo para obtener licencias de obras procedentes de fuera de mi Estado miembro?
Según la Directiva, las licencias «deben solicitarse a una entidad de gestión colectiva que sea representativa del Estado miembro en el que esté establecida la entidad de patrimonio cultural». Este es también el caso en situaciones en las que la institución de patrimonio cultural tiene previsto poner a disposición obras en línea de otros países. En este caso, pueden dirigirse a la entidad nacional de gestión colectiva, que a su vez puede servir de enlace con una entidad de gestión colectiva del otro Estado miembro. Algunas entidades de gestión colectiva están estudiando actualmente cómo hacer que este proceso sea fácil y sencillo.
¿Quién puede optar por no participar, cómo y cuándo?
La Directiva establece que todos los titulares de derechos deben poder excluir la utilización de sus obras en el contexto del sistema de obras «fuera del comercio», y que esto debe ser posible «en cualquier momento, de manera fácil y eficaz». Los titulares de derechos deben poder optar por no participar «en general o en casos específicos» y esto incluye «después de la celebración de una licencia o después del inicio del uso de que se trate».
¿Cuándo debe una institución compartir datos a través del portal de la EUIPO?
Es obligatorio compartir información sobre el conjunto de datos que la institución de patrimonio cultural desea poner a disposición del público al menos seis meses antes de que esto suceda a través del portal de obras fuera del comercio de la EUIPO. La institución de patrimonio cultural puede compartir información sobre los datos a través del portal de la EUIPO en cualquier momento, incluso antes de que se haya celebrado una licencia con una entidad de gestión colectiva.
Compartir esta información a través del portal sirve como medida de publicidad para que los titulares de derechos tengan la oportunidad de conocer la intención de la institución de patrimonio cultural y optar por no utilizar el uso previsto si así lo desean.
Obtenga más información sobre el uso del portal.
¿Qué declaración de derechos debo usar?
Al compartir fuera del comercio obras en línea después de haber obtenido una licencia o en los términos de la excepción, la institución de patrimonio cultural podría querer compartir información sobre derechos junto con el artículo para que los usuarios entiendan si y en qué medida pueden usar los materiales. Esto es aún más importante cuando se comparten las colecciones a través de agregadores como Europeana, donde el uso de una declaración de derechos estandarizada es obligatorio.
Dado que las obras extracomerciales están protegidas por derechos de autor, una de las declaraciones de derechos existentes del Consorcio de Declaraciones de Derechos es la declaración de derechos In Copyright. Si el titular de los derechos es desconocido, la declaración In Copyright - Rights-Holder(s) Unlocatable or Unidentifiable también podría ser adecuada, aunque debe tenerse en cuenta que actualmente no es compatible al agregar datos con Europeana. A pesar de que el Consorcio de Declaraciones de Derechos elaboró una declaración específica para las obras huérfanas, el Consorcio de Declaraciones de Derechos no tiene planes públicos de elaborar una declaración equivalente para las obras no comerciales en este momento.
Si bien, de conformidad con la Directiva, la institución de patrimonio cultural puede compartir el artículo en línea, pero no puede autorizar una nueva reutilización, cabe señalar que los usuarios del patrimonio cultural digital podrían beneficiarse de excepciones a los derechos de autor a través de los cuales pueden utilizar este material, por ejemplo con fines de citación, investigación o enseñanza.
¿Puede Europeana mostrar obras fuera del comercio?
Sí, Europeana puede exhibir obras fuera del circuito comercial siempre que su puesta a disposición en línea esté en consonancia con las disposiciones de la Directiva y la legislación nacional. Esto incluye haber declarado el material a través del portal de obras fuera del comercio seis meses antes de poner los datos a disposición a través de Europeana. Sin embargo, los proveedores de datos deben tener en cuenta que Europeana no bloquea geográficamente el contenido.
Si bien la estructura de metadatos de Europeana actualmente no respalda la indicación del número de registro del portal de la EUIPO junto con el objeto digital, el equipo que apoya la agregación de los materiales podría solicitar un enlace a los datos en el portal de la EUIPO para garantizar que se cumpla este requisito. También cabe señalar que Europeana actualmente no admite el bloqueo geográfico de ninguno de los datos a los que da acceso.
Para obtener más información sobre qué declaración de derechos debe utilizarse al compartir datos con Europeana, consulte la pregunta «¿Qué declaración de derechos debo utilizar?».
¿Cómo pueden ser utilizadas por particulares las obras extracomerciales que se han digitalizado y puesto a disposición en línea con éxito?
Los usuarios del patrimonio cultural digital que accedan a obras fuera del comercio a través del sitio web de la institución de patrimonio cultural solo podrán utilizar los materiales en la medida en que esté permitido en virtud de una excepción a los derechos de autor, por ejemplo, a efectos de citación. La institución de patrimonio cultural no puede autorizar ningún uso de las obras fuera del comercio.
Si se excluye un trabajo específico del uso (opt-outed) después de que ya se haya puesto a disposición para su descarga, no es posible retirar copias que los usuarios puedan almacenar en sus dispositivos. Esto debe tenerse en cuenta al diseñar servicios de contenido. Las copias digitalizadas también se pueden compartir a través de diferentes medios y soportes (disco compacto, USB, etc.), si corresponde.
Estas preguntas frecuentes han sido desarrolladas por miembros del Grupo de Trabajo de Europeana sobre Obras Fuera del Comercio. Se publicaron por primera vez en septiembre de 2022. El objetivo del grupo de trabajo es revisar continuamente estas preguntas y recomendaciones en las respuestas. Para cualquier comentario o sugerencia, póngase en contacto con [email protected].
La información de las preguntas frecuentes no debe utilizarse como asesoramiento profesional o jurídico (si necesita asesoramiento específico, le recomendamos que consulte a un profesional debidamente cualificado).
Exención de responsabilidad: La Federación Internacional de Organizaciones de Derechos de Reproducción IFRRO es un miembro activo del grupo de trabajo de Europeana Out of Commerce Works, ha hecho una importante contribución a los debates, incluso para el desarrollo de estas preguntas frecuentes, y coopera estrechamente con Europeana en la sensibilización dentro de sus respectivas membresías sobre las obras fuera del comercio. Sin embargo, existen divergencias de opinión sobre algunos de los contenidos, incluidas algunas recomendaciones de promoción y políticas descritas en las preguntas frecuentes.