La Directiva CDSM tiene por objeto armonizar determinados aspectos de la legislación de los Estados miembros de la UE en materia de derechos de autor y proporcionar seguridad jurídica a los usos digitales y transfronterizos de obras protegidas por derechos de autor. Más concretamente, la Directiva CDSM contiene disposiciones importantes destinadas a facilitar la minería de textos y datos, el uso de obras protegidas por derechos de autor en la educación digital y en línea, la preservación digital, la publicación en línea de obras no comercializadas y la protección del dominio público en línea.
Desde su introducción, meses de presión frenética y actualizaciones regulares a nivel de la Unión Europea sobre la Directiva fueron seguidos por dos años mucho más tranquilos. En junio de 2019, la atención se trasladó al nivel nacional, donde los Estados miembros han estado trabajando para adaptar su legislación a los objetivos de la Directiva. La pandemia de COVID-19 ha cambiado las prioridades y reducido la capacidad, y no se han cumplido las orientaciones pertinentes en materia de transposición, lo que ha dado lugar a que la mayoría de los Estados miembros apenas hayan pasado de la primera plaza en el juego de la transposición.
De los veintisiete Estados miembros, solo los Países Bajos, Hungría y, muy recientemente, Alemania han adoptado plenamente la Directiva; Francia ha adoptado algunas de las disposiciones y algunas medidas legislativas adicionales para las restantes; Italia también ha dado algunos pasos legislativos y está en marcha un decreto gubernamental; Austria, Croacia, Chipre, Chequia, Dinamarca, Luxemburgo y Rumanía han publicado proyectos de ley; y los otros quince Estados miembros no han hecho más que un tímido comienzo a través, por ejemplo, de una consulta pública. Noruega también adoptará las disposiciones de la Directiva, mientras que el Reino Unido ha indicado que no la transpondrá.
Mientras tanto, han ocurrido algunas cosas junto con los avances a nivel de los Estados miembros. La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), encargada de desarrollar un portal para las obras no comerciales, tal como se prevé en la Directiva, ha estado trabajando y consultando a las partes interesadas para disponer de una primera versión del portal. En el ámbito del muy controvertido artículo 17 de la Directiva, la Comisión mantuvo varios diálogos con las partes interesadas con el fin de proporcionar orientaciones, que no se presentaron hasta el 4 de junio de 2021. Al mismo tiempo, el Gobierno polaco solicitó la anulación de partes de este artículo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La sentencia aún no ha sido dictada y se espera una decisión del Abogado General.
Países Bajos: la primera transposición completa
Ya el 29 de diciembre de 2020, la ley de aplicación neerlandesa se publicó en el diario oficial, con una indicación de su entrada en vigor hoy. Como primera transposición completa, es probable que su enfoque sea tomado como referencia por otros Estados miembros, aunque el texto apenas se aleja del de la Directiva.
Hay una opción política particularmente positiva en el texto de transposición: las actividades educativas digitales utilizadas en obras protegidas por derechos de autor están cubiertas por una excepción y no por un régimen de licencias. Sin embargo, la excepción no contempla a las instituciones de patrimonio cultural como beneficiarias.
Recientemente han comenzado los diálogos con las partes interesadas, en los que las partes pertinentes del debate profundizarán en cuestiones prácticas relacionadas con la puesta a disposición de obras fuera del comercio y el uso de la minería de textos y datos.
Hungría: seguridad jurídica para la educación digital durante la pandemia de COVID-19
En abril de 2020, el Gobierno húngaro modificó su excepción educativa para cubrir los usos digitales y transfronterizos de obras protegidas por derechos de autor, adoptada como medida de emergencia en respuesta a la pandemia de COVID-19. A continuación, se presentó una propuesta de consulta sobre la transposición del resto de las disposiciones, que el Parlamento aceptó a finales de abril de 2021.
Alemania: justo a tiempo
Alemania adoptó el proyecto de ley de transposición de la Directiva justo a tiempo para cumplir el plazo. Aunque la mayoría de las disposiciones se aproximan al texto de la Directiva, hay dos aspectos inesperados en el ámbito de las obras fuera del comercio: en primer lugar, la decisión (por varias razones desafortunadas) de someter a remuneración la excepción relativa a las obras no comerciales, que no llegó al texto final, y en segundo lugar la claridad (bastante positiva) de que las obras no comerciales pueden mostrarse en el portal de la EUIPO.
¿Qué sigue?
Sigue habiendo un gran interés para el sector del patrimonio cultural en la transposición de la presente Directiva: lo que podría parecer pequeños ajustes o adiciones al texto a nivel nacional tiene el poder de obstaculizar o facilitar el uso de tecnologías de minería de textos y datos, la puesta a disposición en línea de obras fuera del comercio (incluidas obras huérfanas), el uso de material educativo en entornos en línea o la reutilización de material de dominio público.
Si bien el 7 de junio de 2021 se consideró inicialmente el final de un proceso, ahora está claro que las conversaciones sobre derechos de autor a nivel de los Estados miembros apenas han comenzado. La participación en los debates sobre políticas sigue siendo esencial. Obtenga más información sobre cómo Europeana apoya estas discusiones y únase a la Comunidad de Derechos de Autor de Europeana para recibir noticias relevantes, discutir preguntas políticas con sus compañeros y obtener apoyo para trabajar con los derechos de autor y el patrimonio cultural.
La información descrita en esta publicación se basa en datos recopilados de las siguientes bases de datos: el Communia DSM Directive Implementation Tracker, el Observatorio de la Directiva DSM Exceptions & Limitation by the Centre for Intellectual Property Policy & Management, Bournemouth University y el Copyright in the Digital Single Market Directive Implementation - an EU Copyright Reform Resource by CREATe en colaboración con ReCreating Europe.
