¿Se pueden extraer trabajos y datos para entrenar un algoritmo sin pedir permiso a los titulares de derechos?
Nuestra sesión comenzó con una visión general de las nuevas salvaguardas legales que hacen posible la minería de texto y datos (TDM) sin la necesidad de pedir permiso a los titulares de derechos. Estas salvaguardias fueron introducidas por la Directiva sobre los derechos de autor en el mercado único digital (CDSM) en 2019 en virtud de los artículos 3 y 4. La Directiva CDSM no da una definición particular de TDM, sino que se refiere a ella como «análisis computacional automatizado de información en forma digital, como texto, sonidos, imágenes o datos». Como tal, TDM es un método que facilita el análisis y la extracción, por ejemplo por parte de los investigadores, de grandes cantidades de datos, incluidas obras protegidas por derechos de autor. Esta técnica es una parte integral de los algoritmos de entrenamiento y los modelos de IA.
La Directiva permite las actividades de DMT llevadas a cabo por «organizaciones de investigación e instituciones de patrimonio cultural» con fines de investigación científica. Estas instituciones pueden extraer obras protegidas por derechos de autor o extraer datos de una base de datos a la que tienen acceso legal sin necesidad del permiso de los titulares de derechos y sin que los titulares de derechos puedan oponerse a tales usos, siempre que se lleven a cabo con fines de investigación científica.
La Directiva también permite a las personas físicas e instituciones, más allá de las «organizaciones de investigación y las instituciones de patrimonio cultural», realizar reproducciones y extracciones de obras a las que tengan acceso legal para TDM, independientemente de la finalidad de las actividades de TDM (por lo tanto, también se incluyen los fines comerciales). Sin embargo, hay una captura: esta disposición más amplia se aplica a condición de que los titulares de derechos no se hayan reservado expresamente sus derechos, de forma legible por máquina, y hayan excluido sus obras del ámbito de aplicación de la excepción. En ese caso, la empresa TDM sin la autorización del titular de los derechos constituiría una infracción de sus derechos de autor.
Existen varias iniciativas que estudian los medios técnicos para que los titulares de derechos se reserven sus derechos en consonancia con la segunda salvaguardia mencionada anteriormente, como la iniciativa del Grupo Comunitario W3C, y Have I Been Trained? by Spawning.ai. Los participantes en nuestro evento identificaron un desafío significativo en torno a la dificultad de garantizar que aquellos que realizan o implementan TDM apliquen dichos estándares y respeten su uso.
¿Cómo interactúan las licencias Creative Commons con las nuevas garantías legales para TDM?
El papel de las licencias Creative Commons (CC) para facilitar la minería de las obras a las que se aplican también se discutió en nuestra sesión.
Las licencias CC son, en esencia, contratos que permiten determinados usos de obras protegidas por derechos de autor. Sin embargo, no están por encima de las garantías legales previstas en forma de excepciones y limitaciones a los derechos de autor por la ley. Esto significa que no pueden utilizarse para restringir aún más las excepciones y limitaciones a los derechos de autor previstas por la ley y tampoco pueden entenderse como un medio para hacerlo. Tal práctica también sería contraria al propósito de las licencias CC. Por lo tanto, en el contexto de la disposición más amplia que define la salvaguardia legal para TDM en la UE, CC afirma muy claramente que los términos de las licencias CC no pueden interpretarse y funcionar como una reserva de derechos (opt-out) por parte de los titulares de derechos de esta salvaguardia más amplia de TDM.
Además, en consonancia con el razonamiento anterior, las licencias CC tampoco pueden utilizarse para anular determinadas excepciones y limitaciones a los derechos de autor. Específicamente, la ley prohíbe cualquier anulación contractual de la salvaguardia legal proporcionada a los organismos de investigación y las instituciones de patrimonio cultural para TDM. Por lo tanto, cuando un uso esté sujeto a esta salvaguardia, no se aplicarán los términos de las licencias CC.
En la UE, ¿puede una IA generada o apoyada estar sujeta a la protección de los derechos de autor?
La protección de los derechos de autor, como sistema centrado en el ser humano, solo se concede cuando existe originalidad (humana), entendida como «expresión intelectual propia del autor». Nada excluye la posibilidad de que una salida asistida por IA sea una obra protegida por derechos de autor si el autor humano pudo tomar decisiones creativas, que pueden detectarse en la salida, y por lo tanto la salida es una expresión original del autor.
En general, escribir un prompt no cumpliría los requisitos anteriores. Por lo tanto, se puede decir que muchas salidas asistidas o generadas por IA no están sujetas a derechos de autor. Sin embargo, por ahora solo existe un debate doctrinal, pero no una jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE que ejemplifique cómo medir o identificar la originalidad y la participación humana en los resultados generados o asistidos por IA, o quién sería exactamente el propietario de los derechos de autor de una obra puramente generada por IA, si dichas obras se consideran protegidas por derechos de autor.
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Exención de responsabilidad: Tenga en cuenta que ni las discusiones dadas en las Horas de la Oficina de Derechos de Autor ni en este post constituyen ningún consejo legal.
