Análisis de los marcos de propiedad intelectual
El proyecto inDICES tiene como objetivo apoyar a las industrias culturales y creativas, los responsables políticos y los responsables de la toma de decisiones para comprender el impacto social y económico de la digitalización del patrimonio cultural. Este objetivo se está logrando en parte a través de un estudio jurídico (poco disponible en la plataforma inDICES) que describe cómo el marco jurídico actual y futuro de la propiedad intelectual europea (PI) afecta a las actividades de las instituciones de patrimonio cultural.
En un análisis anterior, el Tribunal abordó el impacto de las diferentes normativas en materia de PI y las nuevas normas de la Directiva sobre datos abiertos. Ahora presentamos las conclusiones de nuestro segundo informe, el más reciente, titulado «Legal comparative analysis for multi-level relationship involving CHIs». Ofrece una visión general de las leyes nacionales de PI aplicables a las instituciones de patrimonio cultural en Bélgica, Francia, Lituania, Polonia, España y Suecia.
Excepciones y limitaciones
El Tribunal seleccionó y revisó las siguientes excepciones y limitaciones a los derechos de autor (actos para los que no se requiere autorización previa de los titulares de derechos) como las más pertinentes para las actividades de una institución de patrimonio cultural:
la excepción de conservación, que permite la creación de copias de obras en colecciones;
la excepción que permite la comunicación de obras a través de terminales específicos en los locales de una institución;
la utilización de obras protegidas para la publicidad de sus exposiciones o ventas;
la excepción que permite a las instituciones de patrimonio cultural realizar actividades de minería de textos y datos.
El Tribunal constató que, dado que la Directiva Infosoc no obliga a los legisladores nacionales a incluir estas excepciones en su legislación nacional, podían encontrarse diversas soluciones en los distintos Estados miembros. Ninguno de los países examinados había aplicado todas las excepciones sugeridas. La única excepción que se ha implementado en todos fue la excepción de preservación.
Sin embargo, la nueva Directiva CDSM, una vez aplicada, mejorará la situación con respecto tanto a la excepción de conservación como a la excepción de minería de textos y datos, ya que serán obligatorias y estarán sujetas a condiciones similares para su aplicación.
Tipos de obras pertinentes para las instituciones de patrimonio cultural
La segunda parte del informe revisó las leyes de derechos de autor en los países seleccionados por tipos de obras. El Tribunal se centró en las obras fuera del circuito comercial, las obras huérfanas y la protección de fotografías no originales. Nuestro estudio mostró que la Directiva CDSM ha establecido un nuevo régimen que permite el uso de OOCW que puede ofrecer nuevas oportunidades de explotación interesantes para las instituciones de patrimonio cultural. Sin embargo, la aplicación concreta del régimen dependerá de las situaciones nacionales, ya que se aplican normas diferentes en los casos en que existen o no entidades de gestión colectiva representativas.
A pesar de la armonización del marco jurídico que rige las obras huérfanas, los usos de dichas obras siguen siendo considerablemente gravosos en la práctica y, por lo tanto, son objeto de muchas críticas por parte de las instituciones de patrimonio cultural en todas las jurisdicciones.
La protección de fotografías no originales es especialmente relevante para la creación y/o protección de sustitutos digitales. Sin embargo, la cuestión no está armonizada a escala de la UE, lo que da lugar a diferencias sustanciales en el alcance y la duración de la protección de dichas fotografías en los Estados miembros. Esta situación no armonizada cambiará (solo en relación con las obras de artes visuales) una vez que el artículo 14 de la Directiva CDSM se aplique a nivel nacional, ya que excluye la protección de las reproducciones no originales de obras de artes visuales en el dominio público.
El informe también explora los problemas derivados de nuevas normas de derechos de autor no armonizadas en los países de la UE que pueden afectar a las actividades de digitalización, intercambio de contenidos en línea y usos transformadores de las obras por y para las instituciones de patrimonio cultural. Otras disposiciones nacionales divergentes se refieren a las diferencias en la duración de la protección de determinadas obras (como las obras póstumas) y a reglamentos específicos divergentes en el ámbito de los derechos de autor que tienen por objeto proteger las obras de arte.
Descubre más
La complejidad de las normas sobre derechos de autor y la falta de armonización (total) de la legislación de la UE en materia de derechos de autor crean sin duda obstáculos para las instituciones de patrimonio cultural que desean digitalizarse y desarrollar sus actividades en la sociedad de la información. El proyecto inDICEs tiene como objetivo ayudarlos a superar algunos de estos desafíos proporcionando orientación sobre cómo navegar por un panorama complicado de derechos de autor, evaluando el marco legal actual y brindando recomendaciones. Llevaremos a cabo investigaciones sobre las prácticas de concesión de licencias y la forma en que las instituciones de patrimonio cultural comparten sus contenidos en línea, y supervisaremos de cerca la aplicación de la Directiva CDSM y la Directiva sobre datos abiertos en las jurisdicciones seleccionadas. ¡Estén atentos y sigan las noticias en el sitio web del proyecto!
Para obtener más información, también puede participar en el segundo taller de consulta del proyecto inDICES sobre las transiciones digitales en el sector del patrimonio cultural, que se llevará a cabo a través de dos sesiones en línea los días 20 y 21 de abril. La primera sesión tiene por objeto explorar formas emergentes de producción/reproducción cultural digital, participación y reutilización de contenidos en el mercado único digital. La segunda sesión ofrece una breve introducción a la gestión de derechos en las organizaciones culturales, y se centra en compartir colecciones de manera sostenible y significativa.
